El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 6 de agosto ha confirmado la subida del IVA del 8% al 21% para diferentes actividades estratégicas para la oferta turística española, entre ellas el golf, el turismo activo y de aventura, los parques temáticos y de atracciones así como las discotecas.
Como se recordará, a partir del 1 de septiembre el tipo reducido del IVA pasará del 8% al 10%, mientras que el tipo general del 18% subirá hasta el 21%. Ver también la noticia España tendrá el IVA más caro de todo el Mediterráneo, advierte CEHAT.
Sin embargo, a varias actividades que disfrutaban del tipo reducido se les aplicará a partir de ahora el tipo general. Es decir, sufrirán un aumento del IVA de trece puntos, del 8% al 21%.
Según indica el BOE, a los servicios de hosteleria, cámping, balnerario y restaurantes se les aplicará el tipo reducido del 10%.
Pero quedarán excluidos del tipo reducido “los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiestas, barbacoas y análogos, que a partir del 1 de septiembre pasan a tributar al tipo general del 21%”.
El BOE detalla lo siguiente: “Dentro de estos servicios mixtos de hostelería se incluyen todos aquellos prestados por salas de bailes, salas de fiestas, discotecas y establecimientos de hostelería y restauración en los que, conjuntamente con el suministro de alimentos o bebidas, se ofrecen servicios recreativos de cualquier naturaleza, tales como espectáculos, actuaciones musicales, discoteca, salas de fiesta, salas de baile y karaoke”.
El BOE del pasado 13 de julio también confirmó que la entrada a parques de atracciones, zoológicos y parques temáticos pasará del 8% al 21%.
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